{"id":300,"date":"2016-12-01T16:01:37","date_gmt":"2016-12-01T16:01:37","guid":{"rendered":"http:\/\/lexcrea.com\/?p=300"},"modified":"2021-06-09T15:42:28","modified_gmt":"2021-06-09T15:42:28","slug":"deberes-y-responsabilidad-de-los-administradores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/deberes-y-responsabilidad-de-los-administradores\/","title":{"rendered":"Deberes y responsabilidad de los Administradores"},"content":{"rendered":"<p class=\"has-small-font-size\"><strong><em>\u00bfQu\u00e9 significa ser Administrador de una sociedad? \u00bfQu\u00e9 posici\u00f3n asumo cuando acepto el cargo o, simplemente, act\u00fao como tal sin haberse efectuado el nombramiento? \u00bfQu\u00e9 deberes y obligaciones conlleva ser o actuar como Administrador de una sociedad? \u00bfQu\u00e9 responsabilidades puede conllevar dicho cargo?<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><strong><\/strong>Estas preguntas son, entre otras muchas, las que toda persona, previa a su aceptaci\u00f3n o mera actuaci\u00f3n como administrador, se deber\u00eda formular y cuestionar. Encontrando una respuesta a las cuestiones planteadas, encontrar\u00eda el sentido y entender\u00eda verdaderamente qu\u00e9 papel juega como administrador de una sociedad mercantil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">A trav\u00e9s del presente, lo que pretendemos es brindar una respuesta a las cuestiones planteadas. Ayudando de esta manera a entender la capital y responsable posici\u00f3n que ocupan los administradores en una compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Toda sociedad se crea o est\u00e1 constituida por los socios o accionistas, dependiendo si estamos ante una sociedad limitada o una sociedad an\u00f3nima, respectivamente. Ser\u00edan los propietarios, los due\u00f1os de la compa\u00f1\u00eda, los titulares de las participaciones o acciones de la misma. Ahora bien, \u00bfSon los socios qui\u00e9nes se encargan de la gesti\u00f3n? \u00bfDe la llevanza de la sociedad? \u00bfDel d\u00eda a d\u00eda? \u00bfDe representar a la sociedad? Aqu\u00ed es donde entra en juego y cobra importancia la figura de los administradores, ya que son ellos los que tienen competencia para gestionar y representar a la sociedad. Los cuales, siempre, deber\u00e1n ser nombrados por acuerdo de la Junta General.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">La mencionada facultad o legitimaci\u00f3n de representaci\u00f3n que compete a los administradores, tal y como se indica en los art\u00edculo 233 y 234 del Real Decreto Legislativo 1\/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, \u201cLSC\u201d), se enmarca \u201c<em>en juicio o fuera de \u00e9l\u201d<\/em>&nbsp;and&nbsp;<em>\u201cse extender\u00e1 a todos los actos comprendidos en el objeto social delimitado en los estatutos\u201d&nbsp;<\/em>de la compa\u00f1\u00eda. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Por tanto, de esta facultad de representar a la sociedad, se desprende una amplia capacidad de obrar frente a terceros, obligando a la sociedad y, en consecuencia, se posiciona como responsable de cualquier actuaci\u00f3n da\u00f1ina que pudiera afectar a la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQui\u00e9n puede ocupar la posici\u00f3n de administrador?<\/h6>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-group\"><div class=\"wp-block-group__inner-container is-layout-flow wp-block-group-is-layout-flow\">\n<p class=\"has-small-font-size\">Los administradores de las sociedades de capital podr\u00e1n ser tanto personas f\u00edsicas como jur\u00eddicas. Ahora bien, en caso de ser persona f\u00edsica, <\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-group\"><div class=\"wp-block-group__inner-container is-layout-flow wp-block-group-is-layout-flow\">\n<p class=\"has-small-font-size\">(i) debe ser mayor de edad o menor de edad emancipado;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii) no estar judicialmente incapacitado; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) no estar inhabilitado en el marco de un procedimiento concursal; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iv) no estar condenado por delitos contra la libertad, contra el patrimonio, contra la seguridad colectiva, ni contra la Administraci\u00f3n de Justicia o por cualquier clase de falsedad.<\/p>\n<\/div><\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Cabe destacar la prohibici\u00f3n que establece el art\u00edculo 213.2 LSC, se\u00f1alando que no \u201c<em>podr\u00e1n ser administradores los funcionarios al servicio de la Administraci\u00f3n p\u00fablica con funciones a su cargo que se relacionen con las actividades propias de la sociedad, los jueces o magistrados\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Habiendo precisado qui\u00e9n puede desempe\u00f1ar el cargo de administrador y qui\u00e9n no. Es conveniente mostrar cu\u00e1les son los deberes y obligaciones que debe cumplir el administrador en el ejercicio de su actividad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><strong><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\">(I) &nbsp;Deber de diligencia<\/span><\/strong>, recogido en el art\u00edculo 225 LSC.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">El administrador debe actuar con la diligencia de \u201c<em>un ordenado empresario<\/em>\u201d. La diligencia se contempla como un&nbsp;<em>modus operandi<\/em>&nbsp;que conlleva el cumplimiento de una serie de obligaciones. El administrador debe cumplir diligentemente los deberes impuestos por la Ley, los estatutos sociales y por cualquier otra norma interna de conducta, como por ejemplo lo que pueda establecer, en caso de haberlo, el pacto de socios. Actuar con la diligencia de un ordenado empresario implica y requiere actitud por parte del administrador, ya que tiene el deber de supervisar, controlar e informarse sobre la llevanza de la sociedad. Es decir, que se est\u00e9n cumpliendo los objetivos marcados y respetando el inter\u00e9s de la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Como hemos comentado anteriormente, el administrador es nombrado para que represente rigurosamente a la sociedad. Para ello, y as\u00ed lo establece la LSC, el administrador tiene el deber de exigir y el derecho de recibir la informaci\u00f3n necesaria para poder ejercer su cargo con la requerida diligencia de un ordenado empresario.<\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\"><strong>(II) &nbsp;Deber de lealtad<\/strong>, recogido en el art\u00edculo 227 LSC.<\/span><\/h6>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Desempe\u00f1ar el cargo de administrador con lealtad requiere actuar, \u00fanica y exclusivamente, en inter\u00e9s de la sociedad. Como bien reza el mencionado precepto,&nbsp;<em>\u201clos administradores deben desempe\u00f1ar el cargo con la lealtad de un fiel representante\u201d<\/em>, lo cual implica actuar con plena fidelidad a quien representa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">El deber de lealtad conlleva las siguientes obligaciones: <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(i) desempe\u00f1ar su cargo con la lealtad de un fiel representante, actuando de buena fe y en el mejor inter\u00e9s de la sociedad; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii) no ejercitar sus facultades con fines distintos de aquellos para los que le han sido concedidas; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) no divulgar informaci\u00f3n, datos, informes o antecedentes a los que haya tenido acceso al ejercer su cargo, incluso cuando haya dejado de ser administrador, salvo en los casos permitidos por la ley o cuando sea requerido; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iv) no participar en la deliberaci\u00f3n y votaci\u00f3n de acuerdos o decisiones en las que \u00e9l o una persona vinculada a \u00e9l tenga un conflicto de inter\u00e9s, directo o indirecto; ahora bien, no deben abstenerse en los acuerdos o decisiones que afecten al administrador en su condici\u00f3n de administrador. Como por ejemplo, su designaci\u00f3n o revocaci\u00f3n para cargos en el \u00f3rgano de administraci\u00f3n; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(v) desempe\u00f1o de sus funciones bajo su responsabilidad, con libertad de criterio e independencia respecto de instrucciones y vinculaciones de terceros; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(vi) adoptar medidas para evitar situaciones en las que sus intereses, por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el inter\u00e9s de la sociedad y con sus deberes respecto de la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Una vez precisado cuales son los deberes de un administrador, hay que ahondar en el r\u00e9gimen de responsabilidad ante un incumplimiento de los mismos. El cual podr\u00e1 afectar tanto a los socios, a la propia sociedad, como a cualquier tercero cuyos intereses se hayan visto lesionados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Como bien indica el art\u00edculo 236 LSC, para que el administrador pueda considerarse responsable deben darse los siguientes presupuestos: <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(i) haberse llevado a cabo un acto u omisi\u00f3n; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii)&nbsp; que dicho acto u omisi\u00f3n sea contrario a la ley, a los estatutos sociales o conlleve un incumplimiento de los deberes inherentes del cargo de administrador; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) que el da\u00f1o causado sea real y evaluable econ\u00f3micamente; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iv) que en la actuaci\u00f3n haya intervenido dolo o culpa; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(v) que exista un nexo causal entre la actuaci\u00f3n u omisi\u00f3n del administrador y el da\u00f1o producido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Cabe hacer especial hincapi\u00e9 en que toda aquella persona que act\u00fae como administrador podr\u00e1 verse inmerso dentro del mencionado r\u00e9gimen de responsabilidad. Precisi\u00f3n que afecta tanto a los administradores de derecho como a los administradores de hecho, tal y como indica el art\u00edculo 236.3 LSC.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Se\u00f1alada jurisprudencia, y en concreto la Sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo de 8 de abril de 2016, refrenda que la condici\u00f3n de administrador de hecho se configura en torno a tres elementos: <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">\u201c<em>(i) debe desarrollar una actividad de gesti\u00f3n sobre materias propias del administrador de la sociedad, <\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><em>(ii) esta actividad debe haberse realizado de forma sistem\u00e1tica y continuada, esto es, el ejercicio de la gesti\u00f3n ha de tener una intensidad cualitativa y cuantitativa, y <\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"><em>(iii) se ha de prestar de forma independiente, con poder aut\u00f3nomo de decisi\u00f3n, y con respaldo de la sociedad. Por lo tanto, el posible administrador de hecho va a encontrarse no entre los mandatarios o empleados de los administradores de derecho sino entre quienes tengan un poder de decisi\u00f3n por encima de aquellos.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">En el marco de la extensi\u00f3n de responsabilidades, es relevante ser sabedores <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(i) que las personas f\u00edsicas que hayan sido designadas para ejercer las funciones propias del cargo de administrador persona jur\u00eddica, deber\u00e1n cumplir con los mismos deberes y responder\u00e1n solidariamente con la persona jur\u00eddica administrador; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii) que, si el \u00f3rgano de administraci\u00f3n de la sociedad fuera un Consejo de Administraci\u00f3n y no se hubiera delegado permanentemente sus funciones en uno o varios Consejeros Delegados, los altos directivos (directores generales) estar\u00e1n sometidos a los mismos deberes y responsabilidades que los administradores de la sociedad; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) que la Ley exige responsabilidad solidaria a \u201c<em>todos los miembros del \u00f3rgano de administraci\u00f3n que hubiera adoptado el acuerdo o realizado el acto lesivo, salvo los que demuestren que, no habiendo intervenido en su adopci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, desconoc\u00edan su existencia o, conoci\u00e9ndola, hicieron todo lo conveniente para evitar el da\u00f1o o, al menos, se opusieron expresamente a aquel\u201d<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 acciones de responsabilidad establece la Ley?<\/h6>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">La LSC prev\u00e9 dos tipos de responsabilidad por da\u00f1os. Por un lado, la responsabilidad social por da\u00f1os causados al patrimonio de la sociedad como consecuencia del incumplimiento de los deberes y obligaciones de los administradores. Por otro lado, la responsabilidad individual por da\u00f1os causados directamente en el patrimonio de los socios o terceros.<\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\"><strong>(i) &nbsp;Acci\u00f3n social de responsabilidad<\/strong>.<\/span><\/h6>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Como premisa, el administrador debe haber incumplido sus obligaciones como tal y, como consecuencia de ello, debe haberse ocasionado un da\u00f1o a la sociedad. La mencionada acci\u00f3n de responsabilidad social la puede interponer <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(i) la sociedad, mediante acuerdo de la Junta General adoptado por mayor\u00eda ordinaria, el cual conlleva la destituci\u00f3n autom\u00e1tica del administrador afectado; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii) los socios que sean titulares de, al menos, un 5% del capital social; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) por los acreedores de la sociedad cuando la acci\u00f3n social no hubiera sido ejercitada por la sociedad ni por sus socios, y el patrimonio de la sociedad resultase insuficiente para la satisfacci\u00f3n de sus cr\u00e9ditos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Para que los socios titulares de, al menos, el 5% del capital social puedan impulsar la acci\u00f3n social de responsabilidad, es necesario que: <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(i) el \u00f3rgano de administraci\u00f3n no hubiera convocado la Junta General para tal fin; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii) la sociedad no hubiera ejercitado la acci\u00f3n en el plazo de un mes desde la adopci\u00f3n del acuerdo; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) el acuerdo hubiera sido contrario a la exigencia de responsabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Cuando la acci\u00f3n de responsabilidad social se fundamente en la infracci\u00f3n del distinguido deber de lealtad, los socios que ostenten, al menos, el 5% del capital social estar\u00e1n legitimados para ejercer directamente la mencionada acci\u00f3n, sin precisar de la decisi\u00f3n de la Junta General.<\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\"><strong>(ii) &nbsp;Acci\u00f3n individual de responsabilidad<\/strong>.<\/span><\/h6>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">En este caso, el da\u00f1o no se produce en el patrimonio de la sociedad, sino en el patrimonio de los socios o acreedores. Est\u00e1n legitimados para interponer la presente acci\u00f3n el socio o tercero que, como consecuencia de la negligente actuaci\u00f3n del administrador, vea lesionados sus intereses individuales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Para el ejercicio de la acci\u00f3n individual, es necesario que concurran los siguientes requisitos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\"> (i) que se haya producido un da\u00f1o a un socio o tercero; <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(ii) que exista una conducta de acci\u00f3n u omisi\u00f3n negligente por parte del administrador; y <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">(iii) que exista una relaci\u00f3n de causalidad entre la conducta imputada y el da\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Hay que remarcar que las acciones de responsabilidad contra el administrador, tanto la acci\u00f3n social como la acci\u00f3n individual, prescriben a los cuatro a\u00f1os desde el d\u00eda en que se puedan ejercitar (art\u00edculo 949 del C\u00f3digo de Comercio).<\/p>\n\n\n\n<h6 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"has-inline-color has-vivid-red-color\"><strong>(iii) &nbsp;Responsabilidad por deudas<\/strong>.<\/span><\/h6>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">En el marco de la responsabilidad de los administradores que nos ocupa, es preciso hacer menci\u00f3n del supuesto especial de responsabilidad que establece el art\u00edculo 367 LSC, afirmando que&nbsp;<em>\u201cresponder\u00e1n solidariamente de las obligaciones sociales posteriores al acaecimiento de la causa legal de disoluci\u00f3n los administradores que incumplan la obligaci\u00f3n de convocar en el plazo de dos meses la junta general para que adopte, en su caso, el acuerdo de disoluci\u00f3n, as\u00ed como los administradores que no soliciten la disoluci\u00f3n judicial o, si procediere, el concurso de la sociedad, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha prevista para la celebraci\u00f3n de la junta, cuando \u00e9sta no se haya constituido, o desde el d\u00eda de la junta, cuando el acuerdo hubiera sido contrario a la disoluci\u00f3n\u201d<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">Se trata de una responsabilidad objetiva y solidaria, donde debe probarse la existencia de la causa de disoluci\u00f3n por quien pretenda ejercer la acci\u00f3n por deudas. En este tipo de acci\u00f3n,&nbsp; a diferencia de la acci\u00f3n individual, no es necesario acreditar el da\u00f1o ni el nexo causal ni la culpa o dolo del administrador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-small-font-size\">A modo de conclusi\u00f3n, y por lo anteriormente comentado, conviene ser escrupulosamente conscientes de la diferencia entre la responsabilidad de aquel que es simplemente propietario de participaciones o acciones, es decir socio o accionista, al que es responsable de la sociedad por ser o por actuar como administrador, siendo este \u00faltimo, como hemos disertado precedentemente, quien gestiona y toma las decisiones para la llevanza de la sociedad y por tanto el que debe asumir la responsabilidad de la misma.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfQu\u00e9 significa ser Administrador de una sociedad? \u00bfQu\u00e9 posici\u00f3n asumo cuando acepto el cargo o, simplemente, act\u00fao como tal sin <a class=\"read_more\" href=\"https:\/\/lexcrea.com\/en\/deberes-y-responsabilidad-de-los-administradores\/\" target=\"_blank\" style=\"font-weight: 700;\">&#8230; LEER M\u00c1S<\/a><\/p>","protected":false},"author":4,"featured_media":301,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[277,272,280,281,279,278,954,9,11],"class_list":["post-300","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-blog","tag-administradores","tag-capital-riesgo","tag-junta-general","tag-ley","tag-sociedad-mercantil","tag-sociedades","tag-societario","tag-startups","tag-venturecapital","wpautop"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/lexcrea.com\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/1_fj17x8vWopyeD7Vf4DWsrA.jpeg","jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/300","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=300"}],"version-history":[{"count":8,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/300\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1773,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/300\/revisions\/1773"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/301"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=300"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=300"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lexcrea.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=300"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}